Gestión de la administración del estado
Oposiciones del Estado
Ficha oposición:
Ámbito:
Precio:
Situación laboral:
Modalidad Presencial y Online.
Metodología de nuestro curso:
- Curso presencial: Centros de formación en Sevilla, Jaen y Úbeda.
- Curso Online: desde casa. Accede a las clases en directo por videoconferencia. Consulta los contenidos del curso en cualquier momento desde casa. Las clases quedan grabadas.
Requisitos para la Oposición de Justicia
- Titulación requerida: Diplomatura, grado, licenciatura o equivalente.
- Tener la nacionalidad española.
- Tener cumplidos los 16 años y no tener alcanzada la edad de sesenta y cinco años.
- Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.
- No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de la Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial.
Características de la oposición
Academia Preparación Oposiciones de Gestión de la Administración
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Preparación de la oposición
Consistirá en la preparación de los ejercicios obligatorios y eliminatorios de la oposición.
Proceso de selección
El proceso selectivo consistirá en una fase de oposición (realización de ejercicios) y en un curso selectivo. Más información en el apartado de observaciones.
Más información
Oferta de Plazas
OFERTA 2021
- 900 plazas libres
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OFERTA 2023
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Convocatoria
Plazo de presentación de instancias: Del 30 de Enero al 24 de Febrero de 2023.
Temario
Incluido en la mensualidad, se entrega en clase
Profesorado
Director de Oficina de Empleo
Preparación
Consistirá en la preparación de los ejercicios obligatorios y eliminatorios de la oposición
Observaciones
Proceso de selección
El proceso selectivo consistirá en una fase de oposición (realización de ejercicios) y en un curso selectivo. Más información en el apartado de observaciones.
1. Fase de oposición. La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios obligatorios y eliminatorios.
1.1.Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de un máximo de 100 preguntas basado en las materias que figuran en el programa de estas normas específicas, y podrán preverse 5 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 100 anteriores.
El cuestionario estará compuesto por preguntas con respuestas alternativas, de las cuales sólo una de ellas es la correcta. Para su realización, los aspirantes deberán señalar en la hoja de examen las opciones de respuesta que estimen válidas de acuerdo con las instrucciones que se faciliten.
Todas las preguntas tendrán el mismo valor y cada contestación errónea se penalizará descontando un tercio del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de noventa minutos.
1.2. Segundo ejercicio: Consistirá en un ejercicio compuesto por las dos partes que a continuación se indican, ambas obligatorias y eliminatorias, y que se realizarán conjuntamente:
a) Primera parte: Consistirá en desarrollar por escrito 5 preguntas sobre las materias contenidas en los bloques I, II y III del programa incluido en este anexo. Todas las preguntas tendrán el mismo valor, puntuándose en cada una de ellas de manera conjunta los conocimientos, la capacidad de análisis y la capacidad de expresión escrita y oral de los aspirantes.
b) Segunda parte: Consistirá en la resolución por escrito de un supuesto práctico de 5 preguntas, a elegir entre dos propuestos relacionados con materias de los bloques IV, V y VI del programa. En esta segunda parte se valorará la capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen, la sistemática, la capacidad de análisis y la capacidad de expresión escrita y oral del aspirante.
El tiempo para la realización del segundo ejercicio será de un máximo de ciento ochenta minutos. El ejercicio será posteriormente leído en sesión pública ante la Comisión Permanente de Selección, que determinará el lugar, fecha, hora y medio a través del cual se celebrarán estas lecturas. Una vez leído, la Comisión Permanente de Selección podrá realizar cuantas preguntas considere necesarias durante un período máximo de veinte minutos.
2. Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de la siguiente manera:
2.1. Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 50 puntos, y será necesario obtener una calificación mínima de 25 puntos para superarlo. La Comisión Permanente de Selección fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar para superar el ejercicio. La puntuación directa mínima no podrá ser inferior al 30 por ciento de la puntuación máxima obtenible.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá publicar, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección, valoración y superación de aquella que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
2.2. Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 50 puntos de acuerdo con lo siguiente:
a) Primera parte: Se calificará de 0 a 20 puntos, y será necesario obtener una calificación mínima de 10 puntos para superarla. Para que pueda calificarse la segunda parte del ejercicio deberá alcanzarse una puntuación directa mínima en la primera parte del 30 por ciento de la puntuación máxima obtenible.
b) Segunda parte: Se calificará de 0 a 30 puntos, y será necesario obtener una calificación mínima de 15 puntos para superarla. La Comisión Permanente de Selección fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar en esta segunda parte para superar el ejercicio.
2.3. En los ejercicios de la fase de oposición, las calificaciones resultarán de la transformación de las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos por la Comisión Permanente de Selección, teniendo en cuenta lo siguiente:
- Las puntuaciones directas mínimas que la Comisión Permanente de Selección fije para superar cada ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlos.
- Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas de cada ejercicio.
2.4. La calificación final de la fase de oposición de los aspirantes vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en los diferentes ejercicios de dicha fase. En el supuesto de que dos o más aspirantes obtuvieran la misma calificación total, se deshará el empate atendiendo: primero, a la mayor calificación obtenida en el primer ejercicio; segundo: atendiendo a la mayor calificación obtenida en la segunda parte del segundo ejercicio. De persistir el empate, se aplicará el orden de actuación de los aspirantes publicado mediante Resolución de 21 de julio de 2020, de la Secretaría de Estado de Función Pública.
3 Curso selectivo. El curso selectivo, que podrá consistir en la realización de un periodo de prácticas, será organizado por el Instituto Nacional de Administración Pública y tendrá como finalidad primordial la adquisición y refuerzo de competencias de carácter general para el ejercicio de sus funciones en la Administración. La persona titular de la Dirección del Instituto Nacional de Administración Pública establecerá el calendario, programa y normas internas que regulen esta fase. El carácter selectivo del curso exigirá la superación por los aspirantes de las pruebas o prácticas que, en su caso, se establezcan. La calificación final será de apto o no apto. Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la persona titular de la Dirección del Instituto Nacional de Administración Pública, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo. La persona titular de la Dirección del Instituto Nacional de Administración Pública elevará a la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública las
evaluaciones del curso selectivo. En caso de no poder realizar el curso selectivo o período de prácticas por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, los aspirantes podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida. La coincidencia de dos cursos selectivos o periodos de prácticas en
el tiempo no será considerada causa de fuerza mayor, debiendo el aspirante optar por realizar un curso selectivo u otro.
Calificación final.
La calificación final de los aspirantes que superen el curso selectivo será la calificación final de la fase de oposición.
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